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El Ayuntamiento rechaza las alegaciones de la FABZ a la Ordenanza Cívica

Auntamiento de Zaragoza
Auntamiento de Zaragoza

La FABZ cuestiona el interés del Ayuntamiento en facilitar la participación ciudadana. Las alegaciones presentadas por la Federación de Asociaciones de Barrios de Zaragoza (FABZ) a la Ordenanza sobre Protección del Espacio Urbano han sido rechazadas por el Área de Presidencia y Acción Social del Ayuntamiento de Zaragoza en un informe jurídico, que entra a valorar “la forma y no el fondo de las aportaciones” según un comunicado en la web de la agrupación.

La Federación afirma no entender el sentido de sacar a exposición pública una normativa que afecta de forma tan directa a la vida de los vecinos, cuando lo único sobre lo que se permite opinar es sobre un campo especializado como la técnica jurídica. El texto publicado en el portal explica que: “el sentido de la participación ciudadana queda totalmente pervertido con la respuesta dada por el Área de Presidencia y Acción Social, que relega el papel de los ciudadanos a algo así como poder decir si en el texto de la ordenanza hay faltas de ortografía. Da la impresión, además, de que haya sido redactado sabiendo de antemano que iban a desestimar las alegaciones para no retrasar más la aprobación de esta controvertida ordenanza”.

La intención de la FABZ al presentar sus alegaciones era mejorar el texto propuesto y enriquecer la norma. A la FABZ le preocupaba que el texto que va a aprobarse fuera demasiado restrictivo y planteara prohibiciones generales que no estuvieran suficientemente reguladas. La FABZ teme que este espíritu en exceso punitivo se traslade luego a su aplicación, y pide garantías para que no ocurra así.

Por ejemplo, una de las alegaciones se refiere a eximir de la prohibición de hacer necesidades fisiológicas en el espacio público a los menores de cuatro años y a los discapacitados mentales. El informe de la Comisión considera que este tipo de circunstancias eximentes (a las que habría que añadir otras como la discapacidad física o la incontinencia severa) deben ser valoradas en el seno del propio expediente sancionador y no contemplarse previamente en la norma. Aunque, según el informe, jurídicamente no sea lo indicado recoger estos supuestos en la normativa, la FABZ cree que la norma debe tratar de regular lo mejor posible todos los supuestos y no dejarlos al libre albedrío del sancionador en cada caso. Precisamente la FABZ pretendía completar y mejorar aspectos como este, que aparecen regulados de manera insuficiente en la ordenanza y que el día a día en las calles demuestra que es necesario regular detalladamente.

La Comisión de Presidencia y Acción Social se reúne este miércoles, 22 de octubre, para resolver las alegaciones y aprobar definitivamente el proyecto de la ordenanza. Aunque ésta acabará siendo aprobada finalmente por el Pleno del Ayuntamiento, la FABZ espera que sean tenidas en cuenta sus alegaciones en la redacción final del texto y, en todo caso, en la aplicación posterior de la normativa.

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