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La devolución dentro del plazo no tendrá costes añadidos |
Se trata del derecho de desistimiento, una de las cuestiones tratadas en la última Aula de Consumo
La venta a distancia, es decir aquella que se desarrolla sin la presencia física simultanea del comprador y del vendedor, y mediante una técnica de comunicación y un sistema de contratación a distancia, ha sido el tema que central de la última Aula de Consumo. “Aquí se van a ver las garantías y derechos que tienen los consumidores en el ámbito de la venta a distancia, que son los mismos que se tienen en un establecimiento”, ha señalado Francisco Catalán, director general de Consumo quien entre otras cuestiones ha destacado el derecho de desistimiento que tiene el consumidor que practica la venta distancia. Este derecho consiste en que el comprador tiene 7 días para devolver el producto sin coste añadido si lo desea.
Enrique Rodríguez Rodríguez, director del Departamento de Nuevas Tecnologías del Centro de Estudios Superiores y Técnicos de Empresa-CESTE, y Javier Masip Usón, jefe de Sección de la Dirección General de Consumo del Gobierno de Aragón, han sido los invitados a esta jornada. En ella se han explicado, sobre todo, los diferentes modos de contrato que el consumidor se puede encontrar en algunas modalidades de venta a distancia, como son el comercio electrónico, los portales de subasta por Internet, o los contratos por teléfono, por televisión o por radio.
En el Aula de Consumo se ha dejado constancia también de la normativa que deben cumplir las empresas que practican la venta a distancia en territorio español. Por un lado, en el caso de las comunicaciones telefónicas es necesario concretar, al principio de la comunicación con el comprador, la identidad del vendedor y la finalidad comercial de la llamada.
Y en todas las propuestas de contratación ha de constar que se trata de una oferta comercial y ha de contener la información siguiente: identidad y dirección del vendedor; características esenciales del producto; precio e impuestos; gastos de entrega y trasporte; forma de pago y modalidades de entrega; derecho de desistimiento; coste de utilización de la técnica de comunicación a distancia, si la tarifa es diferente a la básica; plazo de validez de la oferta y del precio; duración mínima del contrato, en el caso de contratos de suministro; circunstancias en que el vendedor puede suministrar el producto; precio; y se debe indicar si el vendedor está adherido a un sistema extrajudicial de solución de conflictos.
La información debe ser clara, comprensible e inequívoca. Además es necesario que exista el consentimiento expreso del cliente para aceptar la oferta. Por otra parte, el plazo para entregar el pedido, a no ser que las partes acuerden cosa distinta, es de 30 días a contar desde el día siguiente de su notificación. En caso de que los bienes solicitados no estén disponibles, se ha de avisar al comprador para que pueda pedir la devolución del importe pagado.
La devolución se tendrá que efectuar en un plazo máximo de 30 días. El comprador dispone de 7 días hábiles para revocar el contrato sin penalización ni necesidad de indicar los motivos. Se trata del citado derecho de desistimiento en el que el vendedor ha de devolver las sumas abonadas en un periodo máximo de 30 días; de lo contrario, el comprador podrá reclamarlas duplicadas.