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María José Lopera |
María José Lopera impartirá la ponencia “El derecho a la asistencia sanitaria” en el XXVI Congreso Aragonés de Atención Primaria.
María José Lopera es profesora del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social en la Facultad de Derecho de Zaragoza y también imparte clases en el Diploma de Especialización en Seguridad Social. Además, forma parte de la Comisión de Reclamaciones del Ingreso Aragonés de Inserción como experta en Bienestar Social, y ha impartido diversas conferencias en congresos científicos, ponencias y cursos de especialización. La profesora Lopera es autora de varias publicaciones, particularmente en el tema de competencias autonómicas en materia de Seguridad Social y Sanidad, en los desarrollos de los Estatutos de Autonomía, donde le ha correspondido elaborar algún informe jurídico. María José Lopera impartirá la ponencia “El derecho a la asistencia sanitaria” en el XXVI Congreso Aragonés de Atención Primaria.
PREGUNTA.- Atendiendo a su ponencia ¿cómo está en estos momentos el derecho a la asistencia sanitaria?
R.- En estos momentos, la asistencia sanitaria ha sufrido un cambio rotundo de modelo. Ese cambio supone una restricción importante en cuanto a los beneficiarios, al ámbito aplicativo de los sujetos y a las personas que están ahora protegidas. El nuevo modelo restringe las prestaciones que reciben estas personas, porque la asistencia sanitaria tiene también por objeto la prestación farmacéutica.
P.- ¿En qué consiste este derecho?
R.- La asistencia sanitaria designa más bien la prestación. Hay que aclarar que realmente constituye una prestación, para dilucidar después qué es lo que tratamos de proteger con ella: en este caso, la falta de la salud y la pérdida económica producida por el aumento de gastos. Es decir, lo que le va a suponer a nuestros ingresos esa pérdida de salud. Mediante la prestación de servicios médicos, se trata de mantener, conservar y restablecer la salud con las consiguientes prestaciones farmacéuticas. De manera que, poco a poco, se ha ido creando un Sistema Nacional de Salud que es mucho más amplio y queda aparte de la Seguridad Social. Este nuevo sistema se ha apoyado en una descentralización territorial por todas las Comunidades Autónomas, llegándose a hablar más bien de los Sistemas Autonómicos de Salud. Se ha consolidado hasta tal punto ese modelo que, aunque efectivamente vaya más allá de la Seguridad Social, el hecho de que aún se mantenga una parte dentro de su acción protectora crea cierta confusión.
P.- ¿Quiénes disfrutan de este derecho?
R.- Ahora, para conocer qué personas gozan de este derecho, tenemos que atender a la nueva normativa, que parte del Real Decreto Ley 16/2012, de abril pasado, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, que ha tenido un desarrollo en el mes de agosto con el Real Decreto 1192/2012, donde se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria. En el caso de los asegurados, disfrutan de este derecho el trabajador por cuenta ajena, o el trabajador por cuenta propia, que estén afiliados y en alta; los pensionistas; las personas que perciban otras prestaciones, incluido el desempleo; y todo aquel que haya agotado el subsidio, siempre que se encuentre en situación de desempleo. Hay que conocer detalladamente cuáles son las condiciones de asegurado que han modificado la normativa anterior. La dificultad surge para las personas a la hora de saber si cumplen esos requisitos, lo cual no siempre resulta fácil. Además, aparte de los asegurados están los que tienen la condición de beneficiarios de un asegurado. En este caso, se refiere a personas que guardan relación con el asegurado, ya sea por ser descendiente, o bien cónyuge o persona de análoga relación, pero teniendo que acreditar determinados requisitos como la inscripción en el registro; incluyéndose también a los ex cónyuges a cargo, con derecho a pensión compensatoria, de modo que verificar el cumplimiento de estos requisitos resulta a veces complicado. También hay personas que no tienen la condición de asegurado ni de beneficiario que la ley indica. La única posibilidad que entonces les queda a estas personas es suscribir un convenio especial que es difícil articular en la práctica, fundamentalmente, porque no está al alcance de todos, pues se prevé que tendrán que pagar entre 700 y 1800 euros anuales. La normativa actual cambia ahora totalmente el Decreto derogado de 1989, que extendía a todas las personas sin recursos suficientes este derecho a la asistencia sanitaria, debiéndose analizar caso por caso y situaciones muy variadas. Despejar la nueva norma resulta también complicado al haber sufrido una amplísima corrección de errores en el B.O.E. de cinco páginas, todo lo que mayormente dificulta actuar con una cierta seguridad, ante la existencia además de varias órdenes de desarrollo, y donde lo que más llama la atención es que los inmigrantes quedan fuera. Ciertamente, todos estos requisitos han de cumplirlos las personas de nacionalidad española, pero el problema principal se plantea a las que no tengan esa nacionalidad, a quienes antes bastaba con estar empadronadas, mientras que ahora se exige una autorización de residencia. Esto supone una restricción muy fuerte, pero no sólo para los que no tienen papeles, sino también para los extranjeros de la Unión Europea, a los que se les requiere su inscripción en un registro, y acreditar que disponen de recursos suficientes, para no convertirse en una carga para la asistencia social española.
P.- ¿Cuándo se pierde el derecho a la prestación sanitaria pública gratuita?
R.- La normativa señala que el derecho se pierde cuando ya no se cumplen esos requisitos específicos para tener la condición de asegurado y de beneficiario de una persona asegurada.
P.- ¿Cómo es posible que una persona se quede sin asistencia sanitaria pública?
R.- Este hecho llama la atención, dado que estamos ante unos derechos que tienen un fundamento constitucional, sobre todo, porque su garantía implica que los poderes públicos asumen un deber de protección y de tutela. La Constitución habla de un régimen público de Seguridad Social para todos y una obligación del Estado de tutelar la salud. Desde este requerimiento constitucional, no cabe que una persona se quede fuera de un derecho tan universal como es la salud. Parece así que, en estos momentos, la universalidad no tiene la entidad que ha tenido durante los años pasados. Ha sido un camino lento, pero con unos pasos muy firmes que se han ido amparando en varias leyes, para resultar que ahora no queda casi nada de esa asistencia sanitaria que protegía a todos. El cambio, desde luego, ha sido muy brusco, porque no se trata solo de la salud individual, también estamos hablando de la salud pública colectiva.
P.- En la Comunidad de Aragón ¿cuántas personas, en estos momentos, no tienen derecho a una asistencia sanitaria?
R.- No tengo la cifra exacta, pero intuyo que ahora hay bastantes personas que no tienen derecho, que se quedan fuera, y de ahí que desde el punto de vista de la atención médica se haya pensado en una red que les dé cobertura. De manera que, bajo ningún concepto, esas personas pueden quedar desatendidas, puesto que algo tan elemental como la asistencia sanitaria tiene que ser universal, cuando menos en la atención primaria. En cualquier caso, primero habrá que atender y luego ya se verá si se emite factura o reconocimiento de deuda, pero no cabe negar esa asistencia, sino proteger la salud del ser humano, que forma parte de la propia integridad personal.
P.- ¿Hemos dado un paso atrás?
R.- Indudablemente hemos retrocedido. Ahora, con la justificación de la crisis, no podemos dejar sin cobertura a las personas. Los médicos en ocasiones no pueden trabajar con seguridad, aunque decidan atenderles, ya que han desaparecido de sus bases de datos los historiales clínicos de estas personas que ahora ya no tienen cobertura, y eso constituye un perjuicio y un obstáculo. Con la nueva norma, tenemos un problema de restricción de derechos en la sanidad y efectividad de los mismos. Esto repercute en la protección de la salud, que es un derecho conectado a otros fundamentales, como la vida o la integridad física. Desde luego, no es lo que era y se ha cambiado notoriamente. Hasta tal punto, que no se ha optado por tratar a las personas que ya no tienen derecho a la cobertura sanitaria de manera desigual, se ha optado por no tratarlas. Durante muchos años, hemos sido admirados por nuestro sistema sanitario, pero este nuevo modelo está favoreciendo que sea más creciente la privatización.
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La Tarjeta Sanitaria Europea te da derecho a rbcieir asistencia sanitaria en cualquier paeds miembro en las mismas condiciones que un ciudadano del mismo. Es cierto que algunas prestaciones que aqued son gratuitas en otros paedses pueden tener coste, pero luego puedes solicitar el reembolso y la Seguridad Social te lo devolvere1. Eso sed, te tocare1 pagar por adelantado. -1Was this answer helpful?
HOoombre, que ya era hora!!! que no queda ya nada para el concierto!!!Todo el mundo dice que no es el rentcio ideal, pero Amaral+Zaragoza es buena combinacif3n se mire como se mire!!!!
La Tarjeta Sanitaria Europea te da derecho a reicbir asistencia sanitaria en cualquier paeds miembro en las mismas condiciones que un ciudadano del mismo. Es cierto que algunas prestaciones que aqued son gratuitas en otros paedses pueden tener coste, pero luego puedes solicitar el reembolso y la Seguridad Social te lo devolvere1. Eso sed, te tocare1 pagar por adelantado. -1Was this answer helpful?
Todos los intentos del gnrieboo por intentar minimizar, camuflar, engaf1ar, timar, a los ciudadanos con sus poledticas desacertadas y completamente antisociales cuyo fanico propf3sito es lanzar una cortina de humo ante los desmanes que este1n cometiendo. Que no te leden con la sanidad vergfcenza debereda darles lanzar este tweet.